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Autorización de vertidos de actividades
Procedimiento: 
Autorización de vertidos de actividades
Fecha ultima actualización: 
25 de Octubre de 2019
Descripcion del procedimiento: 

Autorización de vertidos al alcantarillado de actividades incluidas en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana y la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

No deberá solicitarse autorización de vertidos cuando se trate de Comunicación de Actividad Inocua

Forma de inicio: 
A instancia de parte
Órgano gestor: 
Urbanisme i medi ambient
Órgano que resuelve: 
Alcaldía
Plazo máximo de resolución: 
3 meses
Efectos del silencio administrativo: 
Estimatorio