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Autorización de vertidos de actividades
Procedimiento:
Autorización de vertidos de actividades
Fecha ultima actualización:
25 de Octubre de 2019
Descripcion del procedimiento:
Autorización de vertidos al alcantarillado de actividades incluidas en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana y la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
No deberá solicitarse autorización de vertidos cuando se trate de Comunicación de Actividad Inocua
Forma de inicio:
A instancia de parte
Órgano gestor:
Urbanisme i medi ambient
Órgano que resuelve:
Alcaldía
Plazo máximo de resolución:
3 meses
Efectos del silencio administrativo:
Estimatorio
Documentos y normativa
