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Procedimiento por el cual el interesado presenta al Ayuntamiento, mediante una declaración responsable ambiental la apertura e inicio de la actividad que por sus características no estén incluidas, atendiendo a su escasa incidencia ambiental, ni en el régimen de Autorización Ambiental Integrada ni en el de Licencia Ambiental, y que no puedan considerarse inocuas por no cumplir alguna de las condiciones establecidas en el Anexo III de la ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat.
En el caso del PCO Bonaire, las actividades se tramitarán por Licencia ambiental o Declaración responsable ambiental. No podrán tramitarse por Comunicación de actividad inocua por incumplir los puntos 1.4 y 9.1 del Anexo III de la Ley 6/2014
