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Cambio de titular de la autorización de entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase
Procedimiento: 
Cambio de titular de la autorización de entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase
Referencia: 
14 03
Version: 
1
Fecha ultima actualización: 
2 de Octubre de 2019
Descripcion del procedimiento: 

Cambio de titular autorizado del aprovechamiento.

Para cambio de titular se debe acreditar mediante autorización de uso, contrato de alquiler o escritura de adquisición.

La notificación de la resolución será al sujeto pasivo actual y anterior.

 

Forma de inicio: 
A instancia de parte
Plazo de presentacion: 

Salvo solicitud expresa, surte efectos para el siguiente ejercicio fiscal.  

Lugar de presentacion: 

a)    Sede Electrónica.

b)    Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIA) y las propias dependencias del servicio sitas en calle San Francisco, 6

c)     Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).

Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica para la realización de cualquier trámite, al menos:

a)    Personas jurídicas.

b)    Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.

Cualquier otro sujeto de los regulados en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados de las Administraciones Públicas y otros que puedan establecerse).

Órgano gestor: 
Agència tributaria
Órgano que resuelve: 
Alcaldía
Plazo máximo de resolución: 
6 meses
Recursos posibles: 
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 y capítulo II del título I de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Efectos del silencio administrativo: 
Desestimatorio
Fin de la vía administrativa: 
Si
Documents i normativa
Normativa

LO 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 123 y 124.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Real Decreto 1065/2007 Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
RDL 2/2004 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, del texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
Ordenanzas Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público Municipales
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las Aceras y reservas e Vía Pública para Aparcamiento Exclusivo, Parada de Vehículos, Carga y descarga de Mercancías de cualquier Clase.

Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.