- - - - Nodo Tramit - - - -
Declaración catastral - Modelo 900 catastro
Procedimiento:
Declaración catastral - Modelo 900 catastro
Referencia:
1801
Version:
1
Fecha ultima actualización:
2 de Octubre de 2019
Descripcion del procedimiento:
Presentación del modelo 900D de Catastro con las siguientes finalidades:
- - Adquisición o consolidación de la PROPIEDAD, construcción, modificación o adquisición del derecho de usufructo, superficie o concesión administrativa, variaciones de la CUOTA, etc.
- - NUEVA CONSTRUCCIÓN, ampliación, rehabilitación o reforma total o parcial
- - DEMOLICIÓN o derribo total o parcial de construcciones
- - Segregación, división, agregación o agrupación de PARCELAS
- - Segregación, división, agregación agrupación de LOCALES o partes de una edificación (pisos, locales comerciales, oficinas, etc.)
- - Construcción del régimen de DIVISIÓN HORIZONTAL
- - Cambio de clase de CULTIVO o aprovechamiento
- - Modificación de USO o DESTINO de inmuebles o locales
Forma de inicio:
A instancia de parte
Plazo de presentacion:
Todo el año
Lugar de presentacion:
- a) Sede Electrónica.
- b) Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIA) y las propias dependencias del servicio sitas en calle San Francisco , 6
- c) Cualesquiera otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
Están obligados a relacionarse a través de esta Sede Electrónica del CATASTRO si el obligado a formularla es un apersona jurídica o es uno de los sujetos mencionados en ele art. 2.5 de la ORDEN HAC/1293/2018, de 19 de noviembre.
Tributos:
Servicio gratuito
Órgano gestor:
Agència tributaria
Órgano que resuelve:
Alcaldía
Plazo máximo de resolución:
6 meses
Recursos posibles:
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 y capítulo II del título I de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Fin de la vía administrativa:
Si
Documents i normativa
