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Prestaciones económicas individualizadas de emergencia social (PEIS)
Procedimiento:
Prestaciones económicas Individualizadas de Emergencia Social
Referencia:
Ayudas económicas de emergencia social
Descripcion del procedimiento:
Son ayudas económicas de carácter extraordinario destinadas a paliar aquellas situaciones en que puedan hallarse las personas afectadas por un estado de necesidad. Van dirigidas a personas individuales o núcleos familiares.
Tienen carácter finalista y serán incompatibles con cualquier otra prestación pública, derecho y percepción económica o ingreso privado que pudiese corresponder al beneficiario o a otro miembro del hogar, para la misma finalidad.
Forma de inicio:
A instancia de parte
Plazo de presentacion:
Durante todo el año
Lugar de presentacion:
Departamento de Servicios Sociales, Calle Coladores nº16 46960 Aldaia (Valencia), con cita previa con un/a trabajador/a social.
Tributos:
Servicio gratuito
Órgano gestor:
Atenció a les persones
Órgano que resuelve:
Alcaldía
Plazo máximo de resolución:
6 Meses
Recursos posibles:
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 y capítulo II del título I de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Fin de la vía administrativa:
Si
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