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Licencia ocupación de vía pública
Procedimiento: 
Licencia ocupación de vía pública
Fecha ultima actualización: 
25 de Abril de 2024
Descripcion del procedimiento: 

Consiste en la ocupación de terrenos de uso público local con:

a) Escombros, tierras, arenas, materiales de construcción, leña o cualquier otro material análogo.
b) Vallas, andamios y otras instalaciones adecuadas para protección de la vía pública de las obras colindantes.
c) Puntales, asnillas, y en general toda clase de apeos de edificios.

La presentación de la solicitud no autoriza la ocupación de vía pública, necesita la concesión de la licencia.

Deberá presentar la solicitud de la ocupación de vía pública con al menos 10 días de antelación.

Órgano gestor: 
Urbanisme i medi ambient
Plazo máximo de resolución: 
6 meses
Efectos del silencio administrativo: 
Desestimatorio