Procedimiento:
Arrendamiento actividades ley espectáculos
Descripcion del procedimiento:
Procedimiento de comunicación del arrendamiento de la explotación de la actividad o negocio autorizado por la licencia de apertura, o la cesión temporal de la misma por cualquier título válido en derecho, siempre que se trate de actividades sujetas a la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Para poder comunicar el arrendamiento, la titularidad del local y de la actividad deben recaer en la misma persona (ya sea física o jurídica).
Plazo máximo de resolución:
Efectos del silencio administrativo:
Tributos (campo libre):
Tasa por otorgamiento de las Licencias de apertura de establecimientos.